El Municipio de Seguí informa que se encuentra vigente el decreto N.º 04/2024.
Información municipal
Ante la constatación municipal de terrenos baldíos y/o abandonados, o frentes de domicilios particulares que requieran inmediato desmalezado y/o limpieza, se intimará al contribuyente para que en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas corridas de notificado, proceda al desmalezado y limpieza del mismo.
Cursada la intimación y vencido el plazo correspondiente sin que el contribuyente haya procedido al desmalezado y/o limpieza del terreno o frente en cuestión, se confeccionará la pertinente acta de infracción y se lo sancionará con una multa.
La limpieza de los terrenos y/o frentes de los domicilios particulares, no constituye sólo una cuestión de estética pública, sino también de salubridad e higiene para la comunidad.
COLABORE PARA TENER UN PUEBLO LIMPIO, EVITE MULTAS.
Fuente: Prensa Municipal