La resolución que lleva la firma del ministro de Gobierno de Misiones, Marcelo Pérez impone que "quien guíe vehículos o animales en estado de ebriedad, haya consumido bebidas alcohólicas u otras sustancias, la pena de arresto de dos a 30 días, no redimible por multa".

Asimismo establece que la Policía instruya a todas las dependencias la responsabilidad de tomar todas las medidas que tiendan a hacer cesar la conducta de transgresión, asegurando en todo momento la integridad psicofísica del infractor, para lo cual deberá ser trasladado y alojado en la comisaría de la jurisdicción que corresponda, previa constatación del estado clínico del infractor.

También fija que la situación procesal del imputado detenido, de acuerdo a lo que establece el Código de Faltas de la Provincia, debe ser resuelto por los jueces de Paz dentro de las respectivas jurisdicciones y juez de Paz en lo Contravencional en la ciudad Capital de la Provincia, quienes son la autoridad de aplicación para conocer y juzgar las faltas previstas en el Código.

Finalmente el documento insta a la Jefatura de Policía para que instruya a todas sus dependencias que "en todos los casos en que un ciudadano sea detenido por guiar vehículos o animales en estado de ebriedad o consumiendo bebidas alcohólicas u otras sustancias sólo será liberado por orden escrita del Juez competente, o con presencia del Magistrado en la dependencia respectiva para lo cual se deberá labrar el acta correspondiente, todo ello conforme a lo que establece el Código de Faltas de la Provincia - Ley XYV- N° 5 (Antes ley 2800)".
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