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La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) aprobó un nuevo régimen general y permanente de planes de pago para facilitar la regularización de obligaciones tributarias provinciales.

La medida fue establecida mediante la Resolución Nº 385/2026 y entrará en vigencia el lunes 2 de noviembre de 2026.

El sistema contempla planes de hasta 24 cuotas mensuales para deudas generales y opciones especiales de hasta 36 cuotas para determinadas obligaciones.

Los planes de pago y sus montos mínimos

Para las deudas tributarias generales, el anticipo deberá representar al menos el 5% de la deuda consolidada, respetando los mínimos de cada modalidad.

PlanAnticipo mínimoCuota mínima
Hasta 3 cuotas$30.000$30.000
Hasta 6 cuotas$50.000$50.000
Hasta 12 cuotas$100.000$80.000
Hasta 18 cuotas$150.000$100.000
Hasta 24 cuotas$200.000$150.000

¿Quiénes podrán acceder a 36 cuotas?

La financiación especial estará disponible para deudas superiores a $20 millones y determinadas obligaciones surgidas de fiscalizaciones o procesos de determinación tributaria.

En esta modalidad, el plan de 36 cuotas exige un anticipo mínimo de $350.000 y cuotas no inferiores a $300.000.

Intereses y condiciones

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, calculadas mediante el sistema de amortización francés.

La tasa de financiación estará vinculada con el interés resarcitorio vigente en ATER:

  • Hasta 24 cuotas: equivalente al 50% de la tasa resarcitoria.
  • Más de 24 cuotas: equivalente al 70% de esa tasa.

La resolución aclara que no se establecen quitas ni condonaciones generales de deuda.

¿Cómo se realiza el trámite?

La adhesión se efectuará, como regla general, mediante los servicios digitales de ATER disponibles a través de ARCA o Mi Entre Ríos.

Los contribuyentes deberán cumplir los requisitos de identificación, domicilio fiscal electrónico y declaraciones juradas correspondientes.

Además, será obligatorio pagar el anticipo para que el plan quede formalizado.

Vencimientos y falta de pago

Las cuotas vencerán el día 10 de cada mes, comenzando el mes siguiente a la formalización del plan.

La normativa establece distintas causales de caducidad según la cantidad de cuotas elegidas.

En caso de incumplimiento, ATER podrá reclamar el saldo pendiente y continuar las acciones de cobro.

¿Qué pasa con los planes anteriores?

Los planes otorgados bajo las normativas anteriores continuarán vigentes hasta su cancelación o caducidad.

El nuevo régimen comenzará a aplicarse el 2 de noviembre y contempla la posibilidad de actualizar periódicamente los importes mínimos.

Fuente: Elonce, con información de la Resolución Nº 385/2026 de ATER.

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Autor: admin