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El exjefe de Gabinete Manuel Adorni presentó ante la Justicia las explicaciones requeridas sobre la evolución de su patrimonio, en el marco de una investigación por presunto enriquecimiento ilícito.

El eje principal del descargo presentado por su defensa son USD 591.544,61 que, según Adorni, obtuvo mediante inversiones y posterior venta de Bitcoin realizadas antes de incorporarse a la función pública.

La presentación consta de 78 páginas y tres anexos y detalla movimientos correspondientes a ocho billeteras de criptomonedas. La defensa sostiene que esos fondos fueron posteriormente utilizados para financiar propiedades, vehículos, viajes y refacciones.

Qué deberá determinar la Justicia

La Fiscalía había detectado diferencias entre determinados movimientos y gastos y los ingresos declarados por el grupo familiar. Entre los puntos señalados aparece una diferencia superior a 43 millones de pesos y movimientos por más de USD 402.000 que requerían explicación.

Según la versión presentada por la defensa, las inversiones en criptomonedas comenzaron años antes de que Adorni llegara al Gobierno. El escrito señala una primera inversión en 2014 y otra considerablemente mayor durante 2017.

Adorni también sostiene que las criptomonedas fueron vendidas a cambio de dólares en efectivo y que ese dinero permaneció durante años fuera del sistema bancario, guardado por el matrimonio.

Uno de los puntos que deberá evaluar la Justicia es la vinculación de Adorni con las ocho billeteras de autocustodia, que no contienen por sí mismas datos personales de titularidad. La defensa presentó una certificación notarial destinada a demostrar que posee las claves privadas correspondientes.

Ahora será el fiscal federal Gerardo Pollicita quien analice la documentación y determine si considera suficientes las explicaciones o si corresponde solicitar al juez Ariel Lijo una declaración indagatoria.

La investigación, por lo tanto, continúa abierta y las explicaciones conocidas corresponden a la versión presentada por la defensa, que deberá ser evaluada judicialmente.

Autor: admin