El Gobierno reglamentó los puntos centrales de la reforma laboral: qué cambia para trabajadores y empleadores
A través del Decreto 407/2026, el Gobierno nacional reglamentó aspectos clave de la reforma laboral. Entre los cambios se destacan nuevas modalidades de registración laboral, recibos de sueldo digitales, licencias médicas electrónicas y modificaciones en trámites jubilatorios.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes los principales puntos de la reforma laboral mediante el Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial. La normativa establece cómo se aplicarán diversos artículos de la Ley de Modernización Laboral, aprobada por el Congreso y promulgada en marzo de este año.
La reglamentación introduce cambios importantes en la registración de trabajadores, la confección de recibos de sueldo, las licencias por enfermedad, los acuerdos de desvinculación laboral y los procedimientos vinculados a la jubilación.
Registración laboral más simple
Uno de los cambios más relevantes afecta al artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo. A partir de ahora, la registración de los trabajadores se realizará mediante los sistemas habilitados por ARCA para altas y bajas laborales, eliminando la obligación de mantener libros laborales físicos o digitales.
Además, los recibos de sueldo deberán presentar un formato uniforme y contener información detallada sobre salarios, aportes, contribuciones y costos laborales asociados.
Licencias médicas electrónicas
La nueva reglamentación también establece que las prescripciones médicas deberán emitirse en formato electrónico mediante plataformas o sistemas informáticos habilitados.
Solamente se admitirán certificados en otros formatos cuando existan problemas de conectividad o dificultades tecnológicas que impidan su emisión digital.
Cambios en desvinculaciones y jubilaciones
Otro aspecto reglamentado corresponde a los acuerdos de finalización de la relación laboral. Estos convenios podrán homologarse siempre que se garantice el consentimiento libre de ambas partes y la protección de los derechos laborales correspondientes.
Por otra parte, la ANSES deberá implementar un sistema que permita informar a los empleadores cuándo un trabajador inicia o finaliza un trámite jubilatorio.
Nuevas reglas para empresas de servicios eventuales
El decreto también fija nuevas condiciones para las empresas dedicadas a la provisión de personal eventual.
Entre otras disposiciones, establece límites para los períodos sin asignación de tareas. Si no se otorga una nueva actividad dentro de los plazos previstos, el trabajador podrá considerarse despedido y reclamar las indemnizaciones correspondientes.
Asimismo, se ratifica que los trabajadores eventuales deberán percibir salarios equivalentes a los de los empleados permanentes que desempeñen tareas similares dentro de la misma categoría laboral.
Beneficios laborales y negociación colectiva
La reglamentación también precisa el alcance de los beneficios no remunerativos previstos por la ley, estableciendo que determinadas prestaciones no podrán reemplazarse por dinero ni compensarse económicamente.
Además, algunos beneficios adicionales tendrán un límite máximo equivalente al 5% de la remuneración bruta anual del trabajador.
En materia de negociación colectiva, se fijaron nuevos criterios para la representación de cámaras empresarias y asociaciones patronales, que deberán acreditar representación suficiente dentro de cada actividad para participar en acuerdos laborales.
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