El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral: cuáles son los principales cambios
El Gobierno nacional promulgó la Ley de Modernización Laboral, aprobada recientemente por el Congreso. La norma introduce modificaciones en el sistema de indemnizaciones, la jornada laboral, las negociaciones colectivas y medidas para fomentar la formalización del empleo.
El Gobierno nacional promulgó este viernes la denominada Ley de Modernización Laboral, aprobada recientemente por el Congreso de la Nación. La norma comenzó a regir desde la madrugada tras su publicación en el Boletín Oficial.
La medida fue registrada como Ley Nº 27.802 y quedó oficializada mediante el Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
La nueva legislación introduce una serie de modificaciones en el régimen laboral argentino, con cambios en materia de indemnizaciones, salario, jornada laboral, derechos colectivos, funcionamiento sindical y formalización del empleo.
Cambios en indemnizaciones y salarios
Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido.
El nuevo esquema establece que la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en el convenio colectivo de cada actividad, mientras que se fijó un piso mínimo equivalente al 67% de la remuneración habitual.
Además, se excluyen del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios.
Otra novedad es que las empresas podrán pagar las indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales en cuotas: hasta seis pagos mensuales para grandes empresas y hasta doce cuotas para pequeñas y medianas empresas.
También se crearán los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con aportes patronales, que tendrán como objetivo garantizar el pago de indemnizaciones a los trabajadores.
En materia salarial, la norma incorpora el concepto de “salario dinámico”, que permite vincular parte de la remuneración al rendimiento o mérito individual, según lo que se establezca en los convenios colectivos.
Asimismo, se establece que los salarios deberán abonarse exclusivamente por vía bancaria.
Vacaciones y jornada laboral
La nueva ley mantiene la obligatoriedad de otorgar vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque permite que puedan fraccionarse por acuerdo entre empleador y trabajador, siempre que el período no sea menor a siete días corridos.
En relación con la jornada laboral, se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista un acuerdo voluntario bajo esquemas flexibles, como los denominados bancos de horas, y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
También se habilita la contratación de trabajadores a tiempo parcial por debajo de la jornada legal completa.
Cambios en derechos colectivos y sindicatos
La reforma mantiene la cuota sindical solidaria, aunque establece un tope máximo del 2% del salario mensual.
En el plano de la negociación colectiva, se otorga prioridad a acuerdos por empresa o región por sobre los convenios por actividad, y se limita la vigencia automática de convenios vencidos.
Además, el derecho de huelga tendrá restricciones en los servicios esenciales, donde deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75% del personal.
En los denominados servicios de importancia trascendental, como transporte, medios de comunicación, industrias alimenticias, siderúrgicas o construcción, deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 50% de la actividad.
También se establece que las asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa deberán contar con autorización previa del empleador.
Medidas para formalizar el empleo
La ley incorpora el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que contempla un mecanismo de blanqueo laboral con condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que regularicen trabajadores no registrados.
Además, se crea un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8% anual y otorga beneficios adicionales a quienes contraten trabajadores previamente no registrados.
Incentivos para inversiones
La norma también establece un régimen especial para inversiones productivas medianas, que permitirá amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada del IVA.
Este régimen estará vigente durante dos años y se aplicará a inversiones que se ubiquen entre 150.000 y 9 millones de dólares.
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