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Tras intensas negociaciones con gobernadores, sectores empresariales y la Confederación General del Trabajo, el Gobierno incorporó 28 modificaciones al dictamen original de la reforma laboral con el objetivo de asegurar los votos necesarios en la Cámara alta.

La sesión extraordinaria comenzará a las 11 y, salvo cambios de último momento, el proyecto será girado a la Cámara de Diputados de la Nación Argentina tras su eventual aprobación.

Los principales cambios incorporados

🔹 Marcha atrás con la rebaja de Ganancias

Se eliminó el artículo 190 que proponía reducir del 30% al 27% la alícuota del Impuesto a las Ganancias para grandes empresas. Las provincias habían advertido que la medida afectaba la coparticipación y los recursos fiscales.

🔹 Aportes a sindicatos y cámaras

Se mantendrán durante dos años los aportes establecidos en convenios colectivos, pero con nuevos topes:

  • Hasta 2% de la remuneración para asociaciones sindicales (afiliados y no afiliados).
  • Hasta 0,5% para cámaras empresariales.

Desde el 1° de enero de 2028, los aportes patronales a cámaras empresariales serán voluntarios y no podrán imponerse a empleadores no asociados.

También se eliminó el artículo que exigía conformidad expresa del trabajador para retener cuotas sindicales.

🔹 Obras sociales

Se mantiene la contribución patronal del 6% destinada a obras sociales, descartando la reducción al 5% prevista en el borrador inicial. La Superintendencia de Servicios de Salud podrá auditar el destino de esos fondos.

🔹 Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El FAL se financiará con una contribución mensual obligatoria:

  • 1% para grandes empresas.
  • 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas.

El Poder Ejecutivo podrá elevar esos porcentajes —hasta 1,5% y 3%, respectivamente— con aval de la Comisión Bicameral de Control.

🔹 Indemnizaciones y sentencias

Las sentencias laborales podrán abonarse en cuotas:

  • Hasta 6 cuotas para grandes empresas.
  • Hasta 12 cuotas para pymes.

Además, se establece una reducción de contribuciones patronales a la Seguridad Social:

  • 1 punto porcentual para grandes empresas.
  • 2,5 puntos para pymes.

🔹 Pago de salarios

Los haberes deberán abonarse exclusivamente mediante acreditación en cuenta bancaria o institución oficial, quedando excluidas las billeteras virtuales.

🔹 Certificados médicos

Ante discrepancias entre trabajador y empleador, podrá intervenir una junta médica oficial o institución reconocida, cuyo costo será asumido por el empleador.

🔹 Regímenes especiales

La derogación de estatutos y regímenes especiales tendrá un plazo de 180 días para adecuarse antes de pasar al régimen general.

Con estas modificaciones, el Gobierno busca consolidar respaldo legislativo para avanzar con una de las reformas estructurales centrales de su agenda económica.

Autor: admin