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El Gobierno Nacional resolvió la disolución y posterior liquidación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y creó dos nuevas entidades para brindar cobertura médica al personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Federales de Seguridad. La medida fue oficializada a través del Decreto 88/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, bajo la modalidad de Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

Según lo informado oficialmente, la decisión se fundamenta en el desequilibrio financiero persistente que atravesaba el IOSFA, producto del aumento sostenido de los costos de las prestaciones médico-asistenciales y de los medicamentos, sumado a la heterogeneidad del padrón de afiliados y su amplia dispersión territorial. Desde el Ejecutivo advirtieron que esta situación comprometía la sostenibilidad del sistema y ponía en riesgo la continuidad de la cobertura de salud.

En ese contexto, el decreto dispuso la creación de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), que funcionará como un ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Defensa, con personería jurídica propia y capacidad para actuar tanto en el derecho público como en el privado. La nueva entidad brindará cobertura en todo el territorio nacional y estará bajo la fiscalización de dicha cartera.

Asimismo, se creó la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), que dependerá del Ministerio de Seguridad Nacional y atenderá al personal de la Gendarmería Nacional Argentina y de la Prefectura Naval Argentina. Este organismo también tendrá carácter autárquico y contará con un directorio integrado por cinco miembros.

El decreto estableció el inicio inmediato del proceso de disolución y liquidación del IOSFA, que estará a cargo de un administrador designado por el Ministerio de Defensa. Dicho proceso contempla la transferencia total de activos y del personal a las nuevas obras sociales. En el caso del personal de Gendarmería y Prefectura que prestaba funciones en el IOSFA, regresará a sus respectivas fuerzas.

Además, se fijó un período de transición de hasta 365 días, durante el cual se garantizará la continuidad de la cobertura médico-asistencial para todos los afiliados. Los tratamientos en curso que no puedan ser interrumpidos continuarán siendo cubiertos hasta que se complete el traspaso definitivo.

En cuanto a los plazos, el Ministerio de Defensa tendrá hasta 60 días para concretar la transferencia de afiliados a la OSFA, mientras que el Ministerio de Seguridad Nacional contará con un plazo de hasta 180 días para el traspaso a la OSFFESEG. Una vez finalizado el proceso, cesarán las obligaciones de ambos ministerios de continuar financiando al IOSFA.

Finalmente, la norma establece que el DNU será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme a lo previsto por la Ley 26.122, y rige desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial.

Autor: admin