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El Gobierno nacional impulsa una reforma laboral que avanza en distintas áreas del sistema de trabajo y que ya circula en forma de borrador actualizado. El proyecto plantea una modernización integral que abarca desde vacaciones y licencias hasta nuevas reglas de jornada, gestión de ausencias, despidos e indemnizaciones. También incorpora un capítulo específico para la regulación del empleo en plataformas digitales.

Vacaciones: ampliaciones, fraccionamiento y notificación anticipada

El texto mantiene el derecho del trabajador a un período anual de vacaciones pagas, pero introduce nuevas posibilidades de organización. El empleador deberá otorgarlas entre el 1º de octubre y el 30 de abril, con una notificación mínima de 45 días. Además, se habilita que empleadores y trabajadores acuerden extender o fraccionar las vacaciones, siempre respetando los mínimos legales.
La normativa también contempla la acumulación de días en casos excepcionales, previo pedido a la autoridad de aplicación.

Banco de horas y jornada laboral

La reforma permite que las convenciones colectivas establezcan sistemas más flexibles de jornada, como banco de horas, francos compensatorios y regímenes basados en promedios, siempre garantizando 12 horas de descanso entre jornadas y 35 horas de descanso semanal.
La reducción de la jornada máxima solo podrá realizarse por normativa nacional o por convenios colectivos que lo establezcan expresamente.

Indemnizaciones y despidos: nuevos esquemas y mayor precisión

El proyecto redefine el sistema indemnizatorio. La tradicional indemnización por despido sin causa podrá ser reemplazada por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados por aportes mensuales del empleador. La intención es brindar previsibilidad y reducir costos, especialmente para pymes.

La base de cálculo incluirá salario básico, antigüedad y todo concepto remunerativo habitual, excluyendo premios extraordinarios o pagos transitorios. También se habilita el pago fraccionado de liquidaciones finales bajo ciertas condiciones.

En cuanto a los despidos, la reforma diferencia claramente entre despidos con causa y sin causa, estableciendo procedimientos específicos, notificaciones electrónicas obligatorias y derecho a defensa del trabajador.

Remuneraciones: digitalización y nueva estructura salarial

El capítulo salarial incorpora la digitalización obligatoria de recibos, planillas y documentación laboral, otorgándole plena validez legal. También define con mayor precisión qué sumas integran la remuneración computable y cuáles quedan excluidas, con el fin de evitar litigios.
Se permite incluir sumas fijas, variables y beneficios sociales documentados, y se incorpora un mecanismo extraordinario de actualización alineado a la negociación colectiva.

Enfermedad y ausencias: certificados digitales y control unificado

La reforma habilita el uso de certificados médicos digitales y crea un sistema centralizado de control para verificar diagnósticos y justificar ausencias.
Detalla derechos y obligaciones ante enfermedades prolongadas, regula el procedimiento en caso de incapacidad permanente y fija un protocolo uniforme para ausencias injustificadas.
Además, define con claridad los supuestos de abandono de trabajo y obliga a la notificación fehaciente antes de aplicar sanciones.

Reincorporación y protección del trabajador ante despidos ilegítimos

El proyecto fortalece la reinstalación por sentencia judicial: si el despido es declarado ilegítimo, el trabajador podrá elegir entre reincorporarse o cobrar la indemnización. Si opta por volver, la empresa deberá regularizar la relación y pagar los salarios caídos.

También se aclara el procedimiento cuando una enfermedad o accidente disminuye la capacidad laboral: el empleador deberá asignar tareas compatibles o, si no fuera posible, abonar la indemnización correspondiente según la ley.

Autor: admin