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El Gobierno nacional presentó este martes el proyecto de reforma laboral y fiscal que busca modificar algunos de los pilares del sistema de relaciones laborales en la Argentina. Entre los puntos centrales se incluyen la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), una reducción generalizada de contribuciones patronales, cambios en el régimen de vacaciones y nuevas herramientas para reorganizar la jornada laboral mediante acuerdos colectivos.

Fondos de Asistencia Laboral: un nuevo esquema para indemnizaciones

La iniciativa propone la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que se financiarán con una contribución obligatoria del 3% de la masa salarial. Ese aporte se descontará de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), lo que implica una reasignación de fondos habitualmente destinados al financiamiento previsional.

Según estimaciones preliminares, esta redistribución podría generar una pérdida anual cercana a los USD 2.600 millones en ingresos previsionales, cifra que ascendería a USD 4.700 millones si se toma como referencia la remuneración promedio de las Cuentas Nacionales.

Reducción de contribuciones patronales

El proyecto incluye una rebaja de un punto en los aportes patronales destinados a obras sociales, que pasarían del 6% al 5%, lo que representaría un impacto fiscal estimado en USD 1.000 millones anuales.

Además, se plantea una reducción de tres puntos para las contribuciones que financian SIPA, Asignaciones Familiares, el Fondo Nacional de Empleo y PAMI. En comercio y servicios, la alícuota bajaría del 20,40% al 17,40%; y en el resto del sector privado, del 18% al 15%. El impacto total de estas rebajas rondaría los USD 3.000 millones anuales.

El proyecto también relanza el Régimen de Incentivo al Nuevo Empleo (RIFL), con alícuotas reducidas para nuevas contrataciones, aunque su efecto dependerá del nivel de adhesión empresarial.

Vacaciones: más plazos, fraccionamiento y nuevas reglas

El Gobierno incorpora cambios en la organización de las vacaciones anuales. La notificación del inicio del descanso deberá comunicarse con un mínimo de 45 días de anticipación, aunque las convenciones colectivas podrán ajustar ese plazo.

La norma habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo dure al menos una semana y exista acuerdo entre las partes. Para las empresas con vacaciones escalonadas, se garantiza que cada trabajador pueda acceder al receso en temporada de verano al menos una vez cada tres años.

Si el trabajador enfermara durante su descanso, cumplirá con la fecha original de reincorporación y podrá reprogramar los días pendientes según lo establezca la ley.

En cuanto a la remuneración, los mensualizados cobrarán el sueldo dividido por veinticinco; quienes trabajan por día u hora cobrarán el valor del último día trabajado, con tope de nueve horas. Para salarios variables, se tomará el promedio anual o el de los últimos seis meses, a elección del trabajador. La retribución debe abonarse al inicio de las vacaciones.

Flexibilización de la jornada laboral y banco de horas

El proyecto habilita a las convenciones colectivas a establecer esquemas flexibles de jornada, siempre bajo los límites legales mínimos. Se podrán pactar horas extras, banco de horas o francos compensatorios, respetando doce horas de descanso entre jornadas y treinta y cinco horas semanales.

También se modifica el artículo 198 de la Ley de Contrato de Trabajo, permitiendo jornadas máximas por promedios según la actividad. El banco de horas podrá aplicarse compensando picos de trabajo con días de menor carga, sin exceder el tope semanal vigente.

Cambios fiscales y estímulos a la inversión

La reforma laboral llega acompañada de un paquete fiscal que reduce la presión impositiva. Desde 2026, la alícuota del Impuesto a las Ganancias para sociedades bajará del 30% al 27%, y del 35% al 31,5%.

Se propone eximir del impuesto a los alquileres con destino habitacional y de la venta de inmuebles por parte de personas humanas. Las operaciones financieras quedarán exentas, excepto aquellas realizadas con criptomonedas.

También se eliminan impuestos internos para productos como cigarrillos, bebidas alcohólicas y energizantes, perfumes, electrónicos, autos, embarcaciones, telefonía celular, seguros y servicios audiovisuales. Además, la energía eléctrica para riego agroindustrial estará exenta del IVA.

Finalmente, el proyecto crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), con beneficios para proyectos desde USD 150.000 hasta USD 30 millones, incluyendo devolución acelerada de IVA y amortización rápida en Ganancias.

Autor: admin