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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas y los límites de facturación del monotributo para el cierre de 2025. El organismo dio a conocer los nuevos montos que deberán abonar los contribuyentes durante el mes de diciembre, en la antesala del proceso de recategorización obligatorio previsto para febrero de 2026.

Los valores informados corresponden a las cuotas mensuales vigentes antes de la recategorización anual y varían según la categoría y el tipo de actividad, diferenciando entre servicios y comercio.

Cuánto paga cada categoría en diciembre

  • Categoría A: $37.085,74
  • Categoría B: $42.216,41
  • Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
  • Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)
  • Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)
  • Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)
  • Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)
  • Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)
  • Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)
  • Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)
  • Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)

Desde el organismo recordaron que el incumplimiento en el pago del monotributo puede derivar en sanciones legales y económicas, como la pérdida de la cobertura previsional y de la obra social, además de la imposibilidad de emitir facturas habilitadas.

Recategorización 2026

ARCA también informó que en febrero de 2026 se iniciará la primera etapa del cronograma de recategorización del monotributo. El proceso está dirigido a los contribuyentes que hayan superado los límites de facturación de su categoría durante los últimos 12 meses.

La recategorización permite actualizar la situación fiscal de cada monotributista en función de los parámetros establecidos, asegurando el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Parámetros a tener en cuenta

Para realizar la recategorización, los contribuyentes deberán considerar los valores acumulados en los últimos 12 meses en relación a:

  • Ingresos brutos obtenidos.
  • Consumo de energía eléctrica.
  • Superficie afectada a la actividad.
  • Alquileres devengados, en caso de corresponder.
Autor: admin